Subvención para los proyectos de expansión de las empresas de Lanzarote y La Graciosa “Aporta PYMES Islas No Capitalinas”.
Objeto. El objeto de las presentes bases es regular el apoyo destinado a la internacionalización de las empresas canarias ubicadas en Lanzarote, Fuerteventura, La Graciosa, La Palma, El Hierro y La Gomera, facilitándoles asesoramiento técnico especializado, formación para la internacionalización y apoyo económico a iniciativas de expansión empresarial en el exterior de las Islas Canarias, incluido el resto del territorio español
Proyectos subvencionables. Serán subvencionables los proyectos dirigidos a la internacionalización de las PYME de las islas no capitalinas, ya sea facilitando la salida a los mercados exteriores, o consolidando su presencia en los mismos. En cada convocatoria podrán definirse las actuaciones concretas que podrán ser subvencionables.
Empresas beneficiarias. Podrán acogerse a las subvenciones previstas en las presentes bases, las pequeñas y medianas empresas (PYME) de las islas no capitalinas, y podrán presentarse de forma individual o de forma agrupada, pudiendo acceder aun careciendo de personalidad jurídica, siempre que puedan llevar a cabo el proyecto, actividades o comportamientos que motivan subvención. ( Ver Bases reguladoras)
Plazo y forma de presentación de solicitudes. Las solicitudes se podrán presentar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria de esta subvención y en el plazo que la Orden de convocatoria establezca. La presentación de solicitudes, instancias, comunicaciones y demás documentación exigible, se realizará obligatoriamente a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria, ubicado en la sede electrónica de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo. La dirección electrónica de acceso se indicará en la Orden de convocatoria.
Las solicitudes se firmarán mediante los sistemas de firma electrónica relacionados en el artículo 9.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de solicitud abierto a partir del 19 de marzo de 2021.
Gastos subvencionables. Serán gastos subvencionables por este programa de subvenciones los referidos a:
- la necesidad de asesoramiento, los costes de las acciones promocionales y los gastos de implantación y/o licitación en el exterior.
- Asesoramiento profesional (gasto obligatorio).
- Acciones promocionales en el exterior (gasto opcional).
- Material de difusión y promoción para el exterior (gasto opcional).
- Gastos de implantación y/o licitación en el exterior (gasto opcional).
- Otros gastos.
Cuantía de la subvención. El importe de la subvención por proyecto se calculará fijando el porcentaje del 75% sobre los costes subvencionados. El 25% restante, debe ser aportado por la empresa. El importe mínimo que se podrá conceder por proyecto y el máximo de inversión subvencionable se establecerá en la Orden de convocatoria de la subvención.
Mas información consultar los siguientes documentos:
16.03.2021Webinar Aporta PYMES Islas no Capitalinas.
Cualquier consulta estamos a su disposición,
Arisalia Hernández Zerpa – Técnico Innovación, Calidad y Sostenibilidad
email: tecnico@asolan.com
Tlf: 928 072 089