Programa Auto + | Ministerio de Industria y Turismo. Hasta el 31 de Diciembre
Ayuda a la compra de vehículos eléctricos y electrificados
Hasta el 31 de Diciembre
1. Objeto de la subvención
Incentivar la adquisición en España de vehículos eléctricos y electrificados con etiqueta ambiental CERO de la DGT, mediante el Programa Auto+.
2. Personas o entidades beneficiarias
El programa se divide en dos líneas de financiación principales:
- Línea 1: Personas físicas mayores de edad con residencia legal en España que no realicen actividad económica.
- Línea 2: Empresas (micro, pequeñas y medianas) y autónomos que desarrollen actividades económicas y estén de alta en el Censo de Empresarios.
Quedan excluidos determinados concesionarios y puntos de venta. Las personas beneficiarias deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
3. Actuaciones subvencionables
Adquisición directa y, para autónomos y empresas, también mediante renting o leasing de:
- Turismos M1.
- Furgonetas y camiones ligeros N1.
- Motocicletas L3e, L4e y L5e.
- Cuadriciclos L6e y L7e.
Los vehículos deberán tener etiqueta CERO y podrán ser eléctricos puros, de pila de combustible, híbridos enchufables o eléctricos de autonomía extendida. Se excluyen autobuses, autocares y vehículos pesados.
4. Cuantías máximas por vehículo

La cuantía concreta dependerá de:
- El grado de electrificación.
- El precio del vehículo.
- El montaje del vehículo y la fabricación de la batería en la UE.
El precio máximo general de los turismos será de 45.000 € sin impuestos. La suma de esta subvención con otras ayudas compatibles no podrá superar el 80 % del coste subvencionable.
5. Plazos
Plazo de solicitud: hasta el 31 de Diciembre. Como máximo, finalizará el 15 de octubre del año correspondiente, aunque podrá ampliarse hasta el 31 de diciembre cuando el crédito sea incorporable. Las ayudas se concederán por orden de presentación hasta agotar el presupuesto.
Plazo de ejecución:
Será el determinado en cada convocatoria. Para 2026 podrán acogerse:
- Vehículos nuevos matriculados a nombre del beneficiario desde el 1 de enero de 2026.
- Vehículos previamente matriculados por concesionarios o fabricantes desde el 1 de enero de 2025, siempre que cumplan los requisitos.
Plazo de justificación: Pendiente de Convocatoria.
MÁS INFORMACIÓN
- Bases reguladoras
- Convocatoria
- Solicitud
