Subvención Línea 3 Incentivos Canarios 2026 | Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos GobCan | Cerrada

Subvenciones para la mejora de la competitividad, la sostenibilidad, la creación y el crecimiento empresarial de Canarias

Plazo solicitud: 27/05/2026 00:01 – 26/06/2026 23:59 horas

Objeto de la subvención

Ayuda destinada al crecimiento empresarial en Canarias, mediante el desarrollo de nuevos proyectos en empresas de nueva creación o ya existentes, con el objetivo de aumentar su productividad, competitividad y sostenibilidad.

Los proyectos subvencionables son:

  1. Creación de nuevos establecimientos.
  2. Ampliación de establecimientos o actividades existentes.
  3. Modernización mediante inversiones relevantes que mejoren la productividad o transformen el proceso productivo

Personas o entidades beneficiarias

Podrán solicitar esta ayuda las empresas, tanto personas físicas como jurídicas, que desarrollen el proyecto en Canarias y cuenten con establecimiento permanente en las islas.

Salvo en el caso de empresas de nueva creación, las empresas solicitantes deberán contar con al menos una persona trabajadora por cuenta ajena en la fecha de publicación del extracto de la convocatoria.

También podrán participar comunidades de bienes u otras entidades sin personalidad jurídica, siempre que cumplan los requisitos establecidos en las bases.

Actuaciones subvencionables

Serán subvencionables los proyectos de inversión vinculados a actividades de:

Industria, construcción, turismo, comercio, transportes y servicios en general.

Los proyectos deberán ser técnica, económica y financieramente viables, completos y adecuados a la capacidad y actividad de la empresa.

La inversión mínima subvencionable será de:

  • 300.000 euros en Tenerife y Gran Canaria.
  • 100.000 euros en el resto de islas.

Gastos subvencionables

Entre los principales gastos subvencionables se incluyen:

  • Obra civil vinculada al proyecto.
  • Bienes de equipo, maquinaria e instalaciones.
  • Instalaciones especiales relacionadas con el proyecto.
  • Equipos de medida, control, seguridad o mejora medioambiental.
  • Estudios previos del proyecto, solo para pymes y hasta el 50% de su coste.
  • Activos inmateriales, con el límite del 30% de la inversión incentivable.

No serán subvencionables, entre otros, el IGIC/IVA, bienes de segunda mano, inversiones de mera sustitución, elementos decorativos, televisores, teléfonos, sistemas de alarma, videovigilancia, servicios rutinarios de asesoría o gastos habituales de funcionamiento.

Cuantía de la ayuda

La ayuda se calcula aplicando un porcentaje base del 30% sobre los costes subvencionables.

Este porcentaje puede incrementarse según las características de la empresa o del proyecto:

  • Hasta +20% para pequeñas empresas.
  • Hasta +10% para medianas empresas.
  • Incrementos por creación de empleo.
  • Incrementos por proyectos en zonas prioritarias, entre ellas Lanzarote, Fuerteventura, La Graciosa, La Palma, La Gomera y El Hierro.
  • Incrementos por discapacidad, participación de mujeres o inscripción en la Enterprise Europe Network.

La ayuda máxima por empresa y convocatoria será de 300.000 euros.

Plazo de ejecución y justificación

El plazo de ejecución será, con carácter general, de hasta 18 meses desde la publicación de la convocatoria en el BOC.

La justificación deberá presentarse en el plazo de 15 días hábiles desde la finalización del periodo de ejecución.

La justificación se realizará mediante cuenta justificativa con informe de auditor inscrito en el ROAC.

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