Subvenciones 100% proyectos digitalización 2026 | Consejería Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura Gobcan | Cerrada
Subvención 100% subvencionable | Hasta el Martes 21 de abril de 2026
Objeto de la subvención
Esta línea de ayudas tiene por finalidad apoyar la implantación efectiva de proyectos de digitalización en empresas de Canarias, con el objetivo de mejorar su productividad, competitividad, resiliencia y capacidad de transformación digital.
No se subvencionan actuaciones meramente sustitutivas o de actualización tecnológica sin mejora real, ni proyectos que consistan únicamente en reutilizar, evolucionar o parametrizar soluciones que la empresa ya tuviera implantadas.
Beneficiarias
Podrán solicitar esta subvención las empresas que cumplan, entre otros, los siguientes requisitos:
- Tener domicilio social y fiscal en Canarias.
- Tener una antigüedad superior a 3 años desde su constitución.
- Contar con al menos una persona en plantilla.
- Tener una antigüedad superior a 3 años en el desarrollo de su actividad económica principal.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.
Quedan excluidas, entre otras:
- Las personas autónomas, a efectos de estas bases.
- Las empresas en crisis.
- Las entidades incursas en prohibiciones para obtener subvenciones.
- Las empresas que superen el límite de ayudas de mínimis.
- Determinados sectores excluidos por la normativa aplicable.
Tipo de procedimiento
La subvención se concede en régimen de concurrencia no competitiva.
Presupuesto de la convocatoria
La convocatoria de 2026 cuenta con un presupuesto inicial de: 700.000 euros
Cuantía de la ayuda
La ayuda por solicitud tendrá los siguientes límites:
- Importe mínimo: 5.000 €
- Importe máximo: 25.000 €
Además, estas ayudas tienen carácter de ayudas de mínimis, por lo que una misma empresa no podrá superar el límite de 300.000 euros en ayudas de mínimis durante cualquier periodo de tres años.
Intensidad de la ayuda
Con carácter general, las bases establecen una intensidad del 100 % del gasto elegible, dentro de los límites fijados en la convocatoria.
Actuaciones subvencionables
La convocatoria 2026 financia proyectos que incluyan una o varias de estas actuaciones:
- 1. ERP: Implantación de sistemas de gestión de recursos empresariales para integrar y optimizar procesos internos.
- 2. CRM: Implantación de sistemas de gestión de relaciones con clientes para mejorar la gestión comercial, el seguimiento y la atención al cliente.
- 3. Business Intelligence (BI): Soluciones de análisis de datos y cuadros de mando para apoyar la toma de decisiones empresariales.
- 4. Ciberseguridad: Implantación de soluciones de seguridad de la información y protección de infraestructuras, sistemas y datos.
- 5. Inteligencia Artificial (IA): Implantación de soluciones de IA aplicadas a procesos operativos o productivos de la empresa, siempre que no estén ya encuadradas dentro de ERP, CRM, BI o ciberseguridad.
Aspectos clave sobre las actuaciones
- Deben ser soluciones reales de mercado, no desarrollos a medida.
- En muchos casos deben implantarse en modalidad SaaS o como servicio cloud.
- El proyecto debe quedar implantado y en uso efectivo.
- No basta con contratar la solución: debe poder comprobarse que está operativa en condiciones reales de explotación.
- En determinados tipos de actuación se fijan límites internos por conceptos como parametrización, migración o integración.
- Algunas funcionalidades de IA solo son subvencionables si no forman parte natural de otra categoría ya financiable.
Gastos subvencionables
- Los gastos de implantación de la solución digital.
- El alta y contratación de la cuota de uso de servicios en la nube, durante un máximo de 18 meses, siempre que estén asociados al proyecto subvencionado.
Además, todos los proyectos deberán incluir sin coste adicional:
- Un servicio de soporte ante incidencias.
- Formación básica para el uso de la solución implantada.
- Formación en ciberseguridad y cumplimiento normativo cuando proceda.
Gastos no subvencionables
- IVA, IGIC y otros tributos.
- Intereses, recargos y sanciones.
- Gastos judiciales y financieros.
- Infraestructura y obra civil.
- Terrenos.
- Hardware.
- Servicios de telecomunicación y conectividad.
- Gastos de asesoría o gestoría para solicitar la subvención.
- Mantenimiento de instalaciones o soluciones preexistentes.
- Proyectos terminados antes de presentar la solicitud.
- Soluciones genéricas o actuaciones excluidas expresamente por la convocatoria.
Plazo de presentación de solicitudes
Cuando se publique el extracto en el Boletín Oficial de Canarias:
- El plazo será de 15 días naturales.
- Comenzará a las 09:00 horas del 07 de abril.
- Finalizará a las 14:00 horas del 21 de abril.
Plazo de resolución
6 meses desde la publicación del extracto de la convocatoria
Ejecución del proyecto
- El plazo máximo de ejecución será de 18 meses.
- El proyecto debe estar efectivamente implantado y operativo al finalizar dicho plazo.
- La justificación deberá presentarse dentro de los 15 días naturales siguientes a la finalización del plazo de ejecución.
Documentación relevante
- Memoria del proyecto.
- Presupuesto desglosado.
- Plan de financiación.
- Declaraciones responsables.
- Oferta económica de los proveedores.
- Informe de consultoría que analice la situación de partida de la empresa y justifique técnicamente el proyecto.
Proveedores: cuestión importante
- Deben tener determinada antigüedad en actividades relacionadas con tecnología e informática.
- Deben disponer de web corporativa con información de sus servicios.
- No pueden existir determinados vínculos con la empresa solicitante.
- En ciertos casos, cuando se superen determinados importes, habrá que solicitar tres ofertas de proveedores diferentes.
- No pueden aplicar a más de 5 proyectos de diferentes empresas
Compatibilidad con otras ayudas
Esta subvención es incompatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedan de administraciones públicas o entidades privadas.
Abono de la subvención
Las bases prevén el abono anticipado de la subvención, sin necesidad de garantías, en las condiciones que establezca la convocatoria y la normativa aplicable.