CEHAT Informa 105/24: Posibles acciones de los establecimientos hoteleros ante Booking.com

Estimado/a Asociado/a:

Recientemente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una Sentencia en la que ha declarado que las cláusulas de paridad que Booking incluía en los contratos que firmaba con las empresas hoteleras y de alojamiento turístico infringen el Derecho Europeo de la Competencia. Las cláusulas de paridad impiden que las plazas de alojamiento que se comercializaban en la web de Booking se pudiesen comercializar a un precio inferior en otras agencias online y en la propia web de los establecimientos.

A esta importante sentencia se une la reciente sanción impuesta por la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC), de la que habéis tenido noticias por las diferentes circulares de CEHAT, tras la interposición de la denuncia de la AEHM con la asistencia del despacho Tourism&Law.

Tanto la Directiva 2014/104/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de noviembre de 2014, relativa a determinadas normas por las que se rigen las acciones por daños en virtud del Derecho nacional, por infracciones del Derecho de la competencia de los Estados miembros y de la Unión Europea, como la  Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia permiten a que cualquier persona física o jurídica que haya sufrido un perjuicio ocasionado por una infracción del Derecho de la competencia, puedan reclamar al infractor y obtener su pleno resarcimiento ante la jurisdicción civil ordinaria por los daños producidos por dicha conducta. Se trata de acciones que se están llevando a cabo en otros países de la Unión Europea, y que, igualmente pueden llevarse a cabo en España.

Ante la petición realizada por numerosas empresas hoteleras, CEHAT, que conoce este asunto desde su inicio en 2013 en Alemania, nombró una comisión interna que ha mantenido reuniones con diferentes firmas para evaluar su capacidad y solvencia, dado el grado de especialización que supone este tipo de acciones.

Tras el estudio y análisis de las propuestas profesionales que se nos han hecho llegar y que han sido objeto de estudio por la comisión, CEHAT ha alcanzado un acuerdo con el despacho   CCS Abogados para representar a las empresas españolas que deseen asesorarse sobre la viabilidad de sus reclamaciones y llevarlas a cabo.

CCS es uno de los más importantes bufetes españoles especializado en reclamaciones por daños causados por infracciones del Derecho de la Competencia. Como ejemplo de su experiencia en esta materia, CCS ha tramitado para 5.500 empresas asociadas a la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM), desde 2018, las reclamaciones frente a los fabricantes europeos participantes en el “cártel de camiones” sancionado por la Comisión Europea.

CCS Abogados tramitará la reclamación conjuntamente con el bufete alemán SGP Schneider Geiwitz, dirigido por Volker Soyez, que ya ha litigado contra Booking desde el año 2013 en diferentes procesos en Alemania, Holanda y ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). SGP demandó en 2021 a Booking en nombre de la Asociación Alemana de Hoteles y en representación de 2000 empresas hoteleras, obteniendo la exitosa Sentencia del TJUE el pasado 19 de septiembre de 2024.

Para ello, y para que las empresas conozcan en profundidad este asunto, el día 11 de diciembre, a las 10.00 horas, se celebrará el Webinar informativa “Reclamación frente a Booking.com BV por parte de los establecimientos hoteleros” en la que los abogados de CCS y de SGP explicarán todos los aspectos legales y económicos de la reclamación que se puede tramitar frente a Booking.com BV y resolverán las dudas que puedan tener los participantes.

Pueden participar registrándose en el siguiente link: bit.ly/3Z3Rcg7

Para obtener más información sobre la reclamación pueden acceder a la web www.sobrecostebooking.com

Las condiciones exclusivas a las que se ha llegado al acuerdo con por CEHAT para sus asociados son;

¿Quién puede asesorarse a través de los servicios ofrecidos por CCS?

Todas las empresas y autónomos asociados a alguna asociación miembro de CEHAT que hayan comercializado sus servicios de alojamiento a través de Booking podrían iniciar una acción de daños y perjuicios como afectados por conductas de Booking.com que sean declaradas contrarias al derecho de la competencia por un Tribunal.

¿Qué servicios están incluidos en la reclamación con CCS?

La reclamación extrajudicial y judicial, en todas sus fases, el informe pericial cuantificando las cantidades a reclamar y su ratificación en juicio, la intervención de Procurador, el coste del poder notarial otorgado a través de la aplicación de CCS Abogados.

¿Cuánto cuesta reclamar?

Los honorarios de CCS Abogados, son a éxito. De esta manera, solo se pagará por la empresa asociada un porcentaje de la indemnización que cada empresa hotelera consiga cobrar a Booking en función de la propuesta que le haga llegar CCS Abogados.

¿Hay que anticipar dinero o hacer algún pago durante el proceso?

No. A través de este acuerdo la empresa hotelera que decida emprender algún tipo de acción utilizando el asesoramiento y asistencia de CCS Abogados no tendrán que desembolsar ningún importe ni para iniciar la reclamación ni tampoco durante la tramitación del proceso judicial.

¿Tengo que hacer algún pago si se pierde la reclamación?

No. En supuesto hipotético de que la reclamación sea desestimada, CCS Abogados cubrirá cualquier coste asociado a la reclamación, incluso el de una eventual condena en costas en caso de no prosperar la demanda. De esta forma, las empresas reclamantes no asumirán ningún riesgo.

¿Cómo reclamar?

Los asociados podrán darse de alta a través de la web www.sobrecostebooking.com pinchado en botón de “Plataforma Clientes”, donde deberán seguir todos los pasos para registrarse como nuevo usuario de la Plataforma Web de CCS Abogados. Es importante que en el proceso de alta se incluya el CÓDIGO O ACRÓNIMO de la ASOCIACION, en este caso, “CEHAT”. Tras el alta como nuevo usuario, se le enviará un email con las claves de acceso a la plataforma. En ella podrá obtener todos los datos necesarios para instar la reclamación, así como volcar los documentos que se le soliciten.

¿Dónde se va a realizar la reclamación?

La reclamación se va a realizar antes los tribunales españoles. No obstante, para aquellas empresas que puedan estar interesadas, CCS Abogados les ofrece también la posibilidad de reclamar ante los tribunales holandeses.

CEHAT, ha alcanzado el mencionado acuerdo con CCS   en cuanto que este bufete cuenta con profesionales experimentados y especialistas en la materia; sus servicios cubren la totalidad de las acciones de un proceso de reclamación de daños y perjuicios; el despacho cuenta con los medios técnicos y organizativos necesarios para tramitar una demanda de estas características y, además, las condiciones alcanzadas minimizan el riesgo económico para el establecimiento hotelero que reclame. No obstante, se trata de solamente de una puesta a disposición por parte de CEHAT, de otras que pueden encontrarse en el mercado, sin que el presente acuerdo deba entenderse como una designación en exclusiva por parte de las empresas hoteleras ni una recomendación a reclamar.  Las empresas hoteleras pueden acudir a cualquier otro despacho de abogados para el estudio de su caso y el iniciar las acciones que estimen pertinentes, para tramitar su reclamación si así lo estiman.

Asimismo, ha de quedar claro que esta propuesta tiene en todo caso el carácter de iniciativa informativa. Queda a la libertad de las empresas la decisión de reclamar o por el contrario de no hacerlo, sin que exista ningún ánimo de incitar a las empresas en una recomendación colectiva de solicitar que se reclamen los daños ocasionados.

Para cualquier duda o cuestión puede contactarnos en el 911 088 001 o en el correo booking@ccsabogados.com

 

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