El Gobierno aprueba el proyecto de ley que obligará a grandes empresas a hacer un informe de sostenibilidad

 

El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de Ley de Información Empresarial sobre Sostenibilidad para su remisión a las Cortes.

Obligará a grandes empresas y pymes cotizadas (excluyendo microempresas) a elaborar un informe de sostenibilidad con información relativa a: factores medioambientales, sociales, de gobernanza, derechos humanos y lucha contra la corrupción, entre otros.

Modificaciones Normativas:
Se modifican el Código de Comercio, la Ley de Sociedades de Capital y la Ley de Auditoría de Cuentas para alinearse con la normativa europea.

Estándares Europeos:
• Las empresas deben presentar los informes bajo un marco único y en formato electrónico.
• Las pymes cotizadas tendrán contenido obligatorio reducido, normas específicas y un periodo de adaptación adicional.
• Verificación Independiente:
• El informe deberá ser verificado de forma independiente, similar a la auditoría financiera.
• El Registro de Auditores cambia a «Registro Oficial de Auditores de Cuentas y de Verificadores de Información sobre Sostenibilidad», supervisado por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).

Entrada en Vigor Escalonada:
• Grandes empresas de interés público (más de 500 trabajadores): a partir del 1 de enero de 2024.
• Resto de grandes empresas y grupos grandes: desde el 1 de enero de 2025.
• Pymes cotizadas (excluyendo microempresas y algunas específicas): a partir del 1 de enero de 2026.
• Filiales de empresas extranjeras con negocio en la UE superior a 150 millones de euros: a partir del 1 de enero de 2028.

Reajuste de Umbrales de Tamaño Empresarial:
Los umbrales de activos y volumen de negocio aumentan un 25% para clasificar a las empresas como pequeñas, medianas o grandes, simplificando las obligaciones contables:
• Pequeñas: activos hasta 5 millones de euros anuales y volumen de negocio hasta 10 millones. El número de empleados se mantiene en el tope de 50 trabajadores.
• Medianas: activos hasta 25 millones de euros anuales (antes 20 millones) y volumen de negocio hasta 50 millones de euros (antes 40 millones). El número de empleados de hasta 250, se mantiene.
• Grandes: activos superiores a 25 millones anuales (antes más de 20 millones) y volumen de negocio superior a 50 millones (antes más de 40 millones). Número de empleados, más de 250 trabajadores.

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