Convocatoria y bases reguladoras | Subvenciones destinadas a la reactivación económica de las pequeñas y medianas empresas de Canarias como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia de la Covid-19 | Cerrada

Plazo de presentación de las solicitudes y justificación: desde 13 de abril de 2023 hasta 4 de mayo de 2023

https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/7937

Objeto: La reactivación económica de las pequeñas y medianas empresas de Canarias mediante el apoyo a la creación de nuevas empresas y la consolidación de las existentes, mediante proyectos destinados a realizar mejoras productivas, innovadoras y organizativas, como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia de la Covid-19.

Plazo ejecución: los proyectos ejecutados entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2022

Beneficiarios: las pequeñas y medianas empresas (personas físicas o jurídicas) que, realicen un proyecto de:

A) Apoyo a la creación de nuevas pymes.

B) Consolidación de las pymes existentes, mediante proyectos destinados a realizar mejoras productivas, innovadoras y organizativas de las empresas que sean necesarias a tal fin, recogidos en el Anexo II:

  • Mejora de la productividad y la competitividad
  • Realización de proyectos de desarrollo tecnológico aplicado
  • Apoyo a la implantación y certificación de acuerdo con varias normas, por ejemplo:
    • ISO 9001-Sistemas de Gestión de la Calidad
    • UNE 175001-1:2004 Calidad de servicio para pequeño comercio
    • Marca Q de calidad Turística.

Requisitos destacados:

  • Tramitación en línea
  • Coste mínimo del proyecto para ser subvencionable: 10.000€.
  • Importe mínimo de subvención concedida: 1.500€ (sujeto a minimis)
  • Importe máximo de subvención concedida: 60.000€ (sujeto a minimis)
  • Se subvenciona entre un 35% y un 45% de los gastos subvencionables según condiciones de la empresa
  • Se debe presentar la justificación junto con la solicitud, ya que el proyecto ya se ejecutó.
  • Se permite que el proyecto fuese subcontratado.
  • Cada empresa podrá presentar únicamente una solicitud por cada tipo de proyecto subvencionable (A, B.1, B.2 y B.3), hasta un máximo de dos solicitudes.
  • No es compatible con ninguna otra subvención.

Gastos subvencionables:

  • Gastos de constitución y primer establecimiento (máximo de inversión 6.000 €)
  • Bienes de equipo
  • Inversiones inmateriales: software
  • Acondicionamiento del local (máximo de inversión 18.000€).
  • Obtención de certificación de calidad

No serán subvencionables en ningún caso:

  • Elementos de transporte exterior, menaje, elementos decorativos, teléfonos, televisores y equipos de videovigilancia y sistemas de alarma.
  • Pagos por derechos de marca en el que no sea titular de los mismos la persona o empresa beneficiaria..
  • Servicios rutinarios prestados por colaboradores externos de forma permanente periódica.
  • Bienes adquiridos mediante arrendamiento financiero.
  • Gastos derivados de autorizaciones administrativas (tales como licencias de apertura etc.), con la única excepción de los efectuados para la inversión por derechos de marca, en su caso.
  • Intereses deudores de las cuentas bancarias.
  • Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
  • Gastos de procedimientos judiciales.
  • Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) e Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), así como otros tributos.
  • Bienes de segunda mano.
  • No se subvencionarán las actualizaciones de certificados preexistentes.

 

Tramitación

Convocatoria y bases | BOC

Correción Orden 5 de abril de 2023

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