Segunda convocatoria del programa de incentivos a proyectos singulares en movilidad eléctrica (MOVES Proyectos Singulares II) | Cerrada

Objeto.

Concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a proyectos singulares de movilidad eléctrica, según definición incluida en el apartado 3 del artículo 2 de las bases reguladoras del Programa MOVES Proyectos Singulares II.

Beneficiarios.

a. Todo tipo de empresas con personalidad jurídica propia (Micro, Pequeña, Mediana y Gran Empresa).

b. Universidades y centros privados de investigación y desarrollo, con personalidad jurídica propia.

c. Consorcios y agrupaciones empresariales con o sin personalidad jurídica propia. En caso de no contar con personalidad jurídica propia, la ayuda se concederá a la entidad o persona jurídica que gestione la agrupación o consorcio.

d. El sector publico institucional, a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas y las Universidades Publicas y sus centros adscritos con personalidad jurídica propia.

Presupuesto.

1. La presente convocatoria cuenta con una dotación presupuestaria máxima inicial de doscientos sesenta y cuatro millones de euros (264 millones de euros), que serán previamente transferidos a IDAE desde los Presupuestos Generales del Estado de la aplicación presupuestaria 23.50.420B.748 “Al IDAE. Para la promoción de energías renovables, eficiencia energética y movilidad sostenible. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia”.

Este presupuesto será objeto de financiación con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia dado que el programa objeto de la presente convocatoria forma parte de la Componente 1, Inversión 2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia aprobado por las instituciones europeas competentes.

2, Se establece un límite máximo de ayuda, de 15 millones de euros por proyecto y beneficiario, así como una inversión mínima por proyecto de 100.000 euros.

Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes de ayuda objeto de esta convocatoria y su documentación podrán presentarse desde las 9:00 h del día 3 de octubre de 2022 hasta las 14:00 horas del día 3 de noviembre de 2022.

Sólo serán subvencionables los proyectos o actuaciones cuya ejecución se inicie en fecha posterior a la fecha de registro de la solicitud de ayuda.

Las solicitudes se realizarán a través del sistema telemático correspondiente alojado en el Portal de Ayudas de la sede electrónica del IDAE (https://www.idae.es) donde se dispondrán los medios electrónicos de ayuda necesarios.

Para más información consultar los siguientes documentos:

Bases Reguladoras

Extracto Resolución

Cualquier consulta estamos a su disposición,

Arisalia Hernández Zerpa – Técnico Innovación, Calidad y Sostenibilidad

email: tecnico@asolan.com

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