Subvenciones para la mejora de las competencias digitales de la población residente en Canarias | Cerrada

Beneficiarios. Podrán obtener la condición de entidad beneficiaria las sociedades mercantiles, las personas empresarias individuales y las sociedades civiles, entre cuyos objetos sociales o fines constitutivos se encuentre la impartición de cursos de formación y queden encuadradas dentro de la categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYMES).

También podrán obtener la condición de entidad beneficiaria las entidades sin fines lucrativos, en cuyos estatutos quede comprendido entre sus fines o actividades de estas, las relacionadas con el objeto de la subvención, es decir, deben comprender actividades relacionadas con fines educativos o con el desarrollo de la sociedad de la información. Asimismo, podrán obtener la condición de entidad beneficiaria las fundaciones, administraciones locales o entidades y empresas vinculadas a las administraciones locales que se encuentren radicadas en la Comunidad Autónoma Canaria, así como entidades y empresas vinculadas a la administración autonómica de Canarias y entes vinculados a la administración del Estado con sede en Canarias.

Objeto. El objeto de estas ayudas es la mejora de las competencias digitales de la población residente en el ámbito territorial de Canarias, subvencionando actividades formativas de carácter presencial para el desarrollo de conocimientos, capacidades, destrezas y habilidades, en contextos y con herramientas propias de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC).

El contenido de las actuaciones subvencionables deberá estar encuadrado en una o varias de las temáticas recogidas en la base reguladora 9, esto es:

1. Diseño y fabricación de circuitos electrónicos.

2. Electrónica aplicada a través de plataformas open hardware y/o de uso libre.

3. Diseño, modelado y fabricación 3D. La duración mínima de las actividades subvencionadas será de 30 horas lectivas para un aforo mínimo de 20 asistentes.

Los gastos subvencionables serán conforme a lo establecido en la base reguladora 10. Los tipos de equipos elegibles serán todos los detallados en el Anexo III de las bases reguladoras, a excepción de los siguientes, que no serán subvencionables: 1. Equipo de fotografía digital. 2. Equipo de iluminación. 3. Equipo de sonido digital. 4. Equipo de vídeo digital. 5. Pantalla croma. 6. Sistema de visualización. 7. Sistema de captura movimiento. 8. Tableta digitalizadora.

Cuantía. La intensidad de ayuda será de un 85% del coste elegible del proyecto, hasta un máximo de 30.000 euros, para aplicar a todas las entidades propuestas como beneficiarias. En el caso de que el gasto finalmente justificado sea menor que el previsto, se rebajará el importe de la subvención de manera proporcional, manteniéndose la intensidad de ayuda constante.

Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias. Dicho plazo expira a las 14:00 horas del último día del plazo de presentación de solicitudes.

presentación de solicitudes se realizará, de acuerdo con lo previsto en la base 14, a través de la aplicación de gestión telemática disponible en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, ubicada en la dirección electrónica: https:// sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/7219

El plazo de inicio de la actividad a subvencionar comienza a partir de la fecha de presentación de solicitudes. El plazo de finalización de las actividades será el 31 de octubre de 2022

Para más información consultar los siguientes enlaces:

Convocatoria

Cualquier consulta estamos a su disposición,

Arisalia Hernández Zerpa – Técnico Innovación, Calidad y Sostenibilidad

email: tecnico@asolan.com

Tlf:  928 072 089

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