Cabildo de Lanzarote: Subvenciones destinadas a paliar el impacto económico que la crisis sanitaria del covid-19 está teniendo en los trabajadores por cuenta propia y pequeñas empresas en las islas de Lanzarote y La Graciosa, ejercicio 2021

OBJETO Y FINALIDAD Esta convocatoria tiene por objeto establecer las normas y criterios que regirán la concesión de subvenciones ofrecidas por esta institución insular para paliar el impacto económico que el COVID-19 ha tenido sobre los trabajadores por cuenta propia, así como pequeñas empresas que han sufrido una reducción en su facturación, colaborando de este modo en su recuperación.

IMPORTE DE LA CONVOCATORIA El importe presupuestario que ha de financiar la convocatoria con cargo al actual ejercicio económico asciende a 6.000.000,00 euros (SEIS MILLONES DE EUROS) que se imputará a la Aplicación Presupuestaria 4301 470000 denominada Subvención a trabajadores por cuenta propia y pequeñas empresas. Este importe podrá ser incrementado en función de la disponibilidad económica del Cabildo Insular de Lanzarote.

BENEFICIARIOS Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones, en los términos establecidos en el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las personas físicas o jurídicas de las islas de Lanzarote y La Graciosa que estuvieran dadas de alta antes del 14 de marzo de 2020 en una actividad empresarial o profesional a título lucrativo, y que lo sigan estando, de modo ininterrumpido, en el momento de la publicación de la presente convocatoria:

  • Personas físicas trabajadoras por cuenta propia, sin asalariados o con asalariados, siempre que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio 2020 sea inferior a 50.
  • Personas jurídicas que tengan la consideración de pequeñas empresas, entendiendo por pequeñas empresas, aquellas en las que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio 2020 sea inferior a 50.

Ver todos los requisitos de los beneficiarios aquí

CUANTÍA Y LÍMITES DE LA SUBVENCIÓN

  • Para aquellas personas físicas o empresas de hasta 3 trabajadores que cumplan con los requisitos establecidos en esta convocatoria, se concederá el importe de 1.500 euros (MIL QUINIENTOS EUROS).
  • Para aquellas personas físicas o empresas de más de 3 trabajadores hasta 6 trabajadores que cumplan con los requisitos establecidos en esta convocatoria, se concederá el importe de 2.000 euros (DOS MIL EUROS).
  • Para aquellas personas físicas o empresas de más de 6 trabajadores hasta 10 trabajadores y que cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria, se concederá el importe de 2.500 euros (DOS MIL QUINIENTOS EUROS).
  • Para aquellas personas físicas o empresas de más de 10 trabajadores hasta 20 trabajadores y que cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria, se concederá el importe de 4.000 euros (CUATRO MIL EUROS).
  • Para aquellas personas físicas o empresas de más de 20 trabajadores y menos de 50 trabajadores y que cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria, se concederá el importe de 6.000 euros (SEIS MIL EUROS).
  • La subvención concedida por el Cabildo Insular de Lanzarote es compatible con cualquier otra subvención concedida, por el mismo motivo, por alguna otra administración pública.

SOLICITUDES, PLAZO DE PRESENTACIÓN Y DOCUMENTACIÓN: del 13 de julio hasta el 12 de agosto

La convocatoria íntegra, junto a los anexos y las presentes bases, se publicarán en la página web del Cabildo de Lanzarote y, en la página web de la entidad colaboradora (https://ayudascabildo.camaralanzarote.org).

Las solicitudes se dirigirán a la Presidencia del Cabildo de Lanzarote y se presentarán únicamente de forma electrónica a través de la ventanilla electrónica virtual habilitada por la entidad colaboradora. Toda solicitud que no sea presentada por esta única vía será automáticamente desestimada.

Para dicha presentación electrónica será necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la ventanilla electrónica y que la Corporación considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma. Las notificaciones se realizarán a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la ventanilla electrónica virtual habilitada por la entidad colaboradora.

Las solicitudes se formalizarán siguiendo el modelo que figurará como anexo I de esta convocatoria. Deberán presentarse correctamente cumplimentadas y acompañadas con la documentación correspondiente.

 Atención presencial en la Cámara de Comercio de Lanzarote para todos los solicitantes con cita previa. Llama o pide cita al 828 181 599 Horario de 8:00h a 16:00h

IMPORTANTE

  1. Comprueba que la reducción de tu facturación del ejercicio 2020 es igual o superior al 30% respecto al mismo periodo de 2019.
  2. Número medio de trabajadores durante 2020 debe ser inferior a 50.
  3. El domicilio fiscal debe estar en las islas de Lanzarote y La Graciosa.
  4. Todas las actividades económicas y profesionales están incluidas.
  5. El alta en una actividad empresarial o profesional deberá ser anterior al 14/03/2020 y mantenerse de forma ininterrumpida hasta el momento de publicación de la convocatoria.
  6. La tramitación será electrónica. Se necesita un Certificado Digital actualizado.
  7. Para acceder a la ayuda es imprescindible estar al corriente de pagos con las administraciones públicas. Si tienes alguna deuda pendiente, puedes solicitar aplazamiento o fraccionamiento.
  8. Las solicitudes se atenderán por orden de presentación de SOLICITUDES COMPLETAS. Resuelve con nosotros todas tus dudas antes de presentar la documentación para garantizar su correcta recepción.

Para más información consultar los siguientes documentos:

Convocatoria 

Corrección de error Convocatoria

Bases Reguladoras 

Sede Electrónica 

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