Ayudas programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial

Los destinatarios: PYMES, personas físicas, comunidades energéticas y administraciones públicas, a través de las correspondientes convocatorias que las CCAA se comprometerán a formalizar, con cargo a la subvención que se les concede mediante este real decreto.

En todo caso, las convocatorias de las CCAA deberán efectuarse en un plazo de máximo tres meses desde la entrada en vigor de este real decreto. Este prevé la documentación que deberá presentarse para la solicitud y para la justificación de la ayuda, en función de cada tipo de programa, pero las CCAA podrían exigir documentación adicional.

Programas de incentivos de autoconsumo, almacenamiento y usos térmicos de energías renovables

 Los fondos se dividirán en seis programas: tres dirigidos a sectores económicos concretos y los otros tres a proyectos especialmente diseñados para los hogares. En particular:

 Programa de incentivos 1: realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin

La actuación subvencionable consiste en la inversión en instalaciones de generación de energía eléctrica con fuentes renovables, destinadas a autoconsumo en establecimientos o instalaciones del sector servicios, así como el almacenamiento asociado a estas actuaciones.

Los programas de incentivos que se aprueban por este real decreto estarán en vigor hasta el 31 de diciembre de 2023.

Programa de incentivos 2: realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin

La actuación subvencionable en instalaciones de autoconsumo se extiende a sectores productivos no previstos en el programa de incentivos 1, así como el almacenamiento asociado a estas actuaciones.

Programa de incentivos 3: incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores

La actuación subvencionable consiste en la inversión en sistemas de almacenamiento detrás del contador que sean incorporados en las instalaciones de autoconsumo, con fuentes renovables, ya existentes tanto en el sector servicios como en otros sectores productivos.

Programa de incentivos 4: realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin

La actuación subvencionable consiste en la inversión en instalaciones de generación de energía eléctrica con fuentes renovables, destinadas a autoconsumo en el sector residencial, el tercer sector y las administraciones públicas, así como el almacenamiento asociado a estas actuaciones.

Programa de incentivos 5: incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.

La actuación subvencionable consiste en la inversión en sistemas de almacenamiento detrás del contador que sean incorporados en instalaciones existentes de generación de energía eléctrica con fuentes renovables en el sector residencial en las administraciones públicas y en el tercer sector.

Programa de incentivos 6: realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector

 Para más información consultar los siguientes documentos:

Real Decreto 477/2021

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