ORDEN de ampliación del plazo de presentación de solicitudes, concesión directa de subvenciones dirigidas al mantenimiento de la actividad de personas trabajadoras autónomas y PYMES, de los sectores más afectados por la crisis derivada de la COVID-19

ORDEN DE AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES, CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS AL MANTENIMIENTO DE LA ACTIVIDAD DE PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS Y PYMES, DE LOS SECTORES MÁS AFECTADOS POR LA CRISIS DERIVADA DE LA COVID-19.

Vista la propuesta conjunta de la Dirección General de Promoción Económica y de la Dirección del Servicio Canario de Empleo y teniendo en cuenta los siguientes

1º.- Mediante Decreto-Ley 2/2021, de 1 de marzo (BOC n.º 42, de 02.03.2021; c.e. BOC n.º 47, de 09.03.2021), se regula la concesión directa de subvenciones dirigidas al mantenimiento de la actividad de personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas, de los sectores más afectados por la crisis derivada de la COVID-19.

2º.-El apartado 1 del artículo 11 del citado Decreto-ley establece el plazo de presentación de solicitudes; disponiendo, al efecto, que será de 20 días hábiles, iniciándose dicho plazo el 10 de marzo de 2021 y finalizando el 8 de abril de 2021. Asimismo, la forma de presentación de las solicitudes de subvención se regula en el apartado 2 de dicho precepto, estableciendo que dicha presentación se realizará de forma electrónica, conforme a los modelos normalizados de solicitud que se incorporan en los Anexos 1 y 2 del referido Decreto-ley, que estarán disponibles en la Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (https://sede.gobcan.es/sede/) y del Servicio Canario de Empleo (https://sede.gobcan.es/empleo/) y acompañadas, en su caso, de la documentación requerida.

3º.- Concurren motivos que aconsejan una ampliación del plazo inicialmente establecido para la presentación de las solicitudes correspondientes a las subvenciones reguladas mediante el Decreto-ley 2/2021, de 1 de marzo, como consecuencia, por una parte, de la indisponibilidad puntual de los servicios de sede electrónica y, por otra, las dificultades experimentadas por las personas trabajadoras autónomas y las pequeñas y medianas empresas interesadas para obtener la documentación necesaria y no disponible a través de servicios de intermediación, a los efectos de acompañar la solicitud de concesión de la subvención.

En conclusión,

Primero.- se amplia, hasta el 22 de abril de 2021, el plazo de presentación de solicitudes para la concesión de subvenciones dirigidas al mantenimiento de la actividad de personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas, de los sectores más afectados por la crisis derivada de la COVID-19, reguladas por el Decreto-ley 2/2021, de 1 de marzo.

Segundo.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias, así como en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica única de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y en la del Servicio Canario de Empleo, respectivamente, para conocimiento de las personas y entidades interesadas.

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