subvenciones del Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y Gran Empresa del sector industrial.

Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios, siempre que tengan residencia fiscal en España:
a) Las empresas que tengan la consideración de PYME, o de Gran Empresa del sector
industrial, cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de los nombrados en el artículo 2.2.a) de
las bases reguladoras.
b) Las empresas de servicios energéticos.
Segundo.-

Objeto.
Podrán acceder a estas ayudas las actuaciones en PYME y gran empresa del sector
industrial que reduzcan las emisiones de dióxido de carbono y el consumo de energía final,
mediante la mejora de la eficiencia energética, en particular:
1) Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.
2) Implantación de sistemas de gestión energética.

 Plazo y forma de presentación de las solicitudes.

presente extracto de la Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, a las 9:00 horas, y finalizará con la conclusión de la vigencia del programa, que se producirá el 30 de octubre de 2020 o cuando, conforme a las solicitudes recibidas, se agote el presupuesto disponible.
La presentación de solicitudes se realizará a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria, ubicado en la sede electrónica del Gobierno de Canarias:

https://sede.gobcan.es/telccpt/procedimientos_servicios/tramites/6616.

No obstante lo establecido en el apartado anterior, las personas que reúnan las condiciones establecidas en las bases reguladoras, podrán efectuar su solicitud mediante la cumplimentación del modelo normalizado de solicitud disponible en https://sede.gobcan.es/telccpt/procedimientos_servicios/tramites/6616, imprimiendo, firmando y presentando el mismo en formato papel para su registro.

Bases Reguladoras

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