Aprobado por Consejo de Ministros la convocatoria REINDUS 2020

EL PROGRAMA REINDUS

Tiene como visión impulsar mediante el apoyo a la inversión industrial competitiva el objetivo de que el 20% del PIB sea industrial.

En 2020 se activa realiza una convocatoria extraordinaria que se acoge al Marco Temporal de ayudas establecido por la Unión Europea, lo que permite mejorar las condiciones de anteriores convocatorias.

Está dotado con 340,92 millones de euros.

Plazo de solicitud hasta el jueves 20 de agosto.

CARACTERÍSTICAS DE LA FINANCIACIÓN

Se financian los proyectos industriales mediante préstamos con las siguientes características:

Préstamos a largo plazo: hasta 6 años siendo los 3 primeros de carencia.

Tipos de interés variables en función del año del préstamo y el tipo de empresa según el cuadro siguiente. El tipo medio nominal para Pymes es del 0,37% y para grandes empresas 0,98% TIN

El préstamo alcanza el 75% del presupuesto financiable

Garantías: se exigen garantías en forma de aval bancario o de sociedades de garantía recíproca depositadas en la Caja General de Depósitos por el 20% del préstamo propuesto.

El doble de los costes salariales anuales del beneficiario correspondientes a 2019; o

Límites de la financiación: se respetarán los siguientes:

o   El proyecto debe tener un presupuesto mínimo financiable de 100.000 euros.

o   El préstamo máximo por beneficiario no puede superar los 800.000 euros.

o   El préstamo está limitado por el riesgo vivo de la empresa con la SGIPYME a 5 veces los fondos propios en el caso de empresas con cuentas significativas y 3 veces los fondos propios para empresas sin cuentas significativas.

o   El préstamo también está limitado por al menos una de los siguiente topes:  el 25 % del volumen de negocios total del beneficiario en 2019.

CONCEPTOS DE GASTO FINANCIABLE: Se establecen en función del tipo de proyectoMejoras y/o modificaciones de líneas de producción

  • Aparatos y equipos de producción: adquisición de activos fijos materiales directamente vinculados a la producción, excluidos los elementos de transporte exterior. Se incluirán las instalaciones técnicas estrictamente asociadas a dichos aparatos y equipos de producción, y que deberán situarse en el emplazamiento de proyecto.
  • Ingeniería de proceso de producción: gastos de personal propio y colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos, directamente vinculados con los aparatos y equipos que se consignen en el párrafo anterior. Queda expresamente excluida cualquier forma de ingeniería civil o consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada

El gasto de la partida de ingeniería de proceso de producción no podrá superar el 30 % del presupuesto de adquisición de aparatos y equipos de producción. Los gastos de personal propio se limitarán al 5 % del presupuesto de adquisición de aparatos y equipos de producción.

Implementación productiva de tecnologías de la “Industria Conectada 4.0.”

  • Aparatos y equipos de producción: adquisición de activos fijos materiales directamente vinculados a la producción, excluidos los elementos de transporte exterior; y adquisición de software específico de soluciones de hibridación o conectividad digital de los procesos de producción. Se incluirán las instalaciones técnicas (incluidas las de digitalización) estrictamente asociadas a dichos aparatos y equipos de producción, y que deberán situarse en el emplazamiento de proyecto.
  • Ingeniería de proceso de producción: gastos de personal propio y colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos, directamente vinculados con los aparatos y equipos que se consignen en el párrafo anterior. Queda expresamente excluida cualquier forma de ingeniería civil o consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada.

El gasto de ingeniería de proceso de producción no podrá superar el presupuesto de adquisición de aparatos y equipos de producción. Los gastos de personal propio se limitan al 15 % del presupuesto de aparatos y equipos de producción.

  • PLAZOS: desde publicación en BOE  hasta el 20 de agosto del 2020
  • A finales de septiembre de 2020 se publicarán los proyectos estimados
  • Se establece un plazo real  para presentar garantías de un mes y medio (hasta noviembre 2020)
  • PAGO: la ayuda se pagará de diciembre de 2020
  • PLAZO EJECUCIONES: hasta el 21 de diciembre de 2020

Acceso web

Nota de Prensa

Estando a su disposición para cualquier consulta reciba un cordial saludo,

Arisalia Hernández Zerpa
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