ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE SAN BARTOLOMÉ DE LANZAROTE – Bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a apoyar a las personas autónomas, microempresas y pequeñas empresas para hacer frente a los efectos originados por el coronavirus Covid-19

Objeto: el avance exponencial de la situación de emergencia de saludo pública ocasionada por el  coronavirus 19 en todo el mundo para impulsar la economia en el término municipal de San Bartolomé de Lanzarote, otorgando liquidez  a las empresa para contribuir a facilitar el cumplimiento de sus obligaciones   empresariales, mantenimiento de la actividad y empleo  y amortiguar la reducción drástica de ingresos.

Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas, legalmente constituidas que, siendo persona autónoma, microempresa o pequeña empresa de las definidas conforme el Anexo I del Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, lleven a cabo las actividades empresariales o comerciales en el ámbito territorial del municipio de San Bartolomé, que motiven la concesión de la presente ayuda, y que cumplan los siguientes requisitos:

a) Haber figurado ininterrumpidamente de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad correspondiente o en el régimen general de la Seguridad Social y en Hacienda durante, al menos, el periodo comprendido entre el 31 de diciembre de 2019 y el 14 de marzo de 2020.

Haber suspendido la actividad como consecuencia de las medidas adoptadas por el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo o, en caso de mantener la actividad, haber reducido la facturación correspondiente al mes de abril de 2020 en, al menos, un 75 por ciento respecto del promedio facturado en el semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma. Cuando la persona solicitante no lleve de alta los 6 meses naturales exigidos para acreditar la reducción de los ingresos, la valoración se llevará a cabo teniendo en cuenta el periodo de actividad.
Este requisito se justificará mediante declaración responsable que vendrá incluida en la instancia presentada junto con la documentación requerida.

c) Que se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (estatal, autonómica y local) y con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Este requisito debe cumplirse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha del pago de la subvención, en su caso.

d) Que el local de desarrollo de la actividad se encuentre en el término municipal de San Bartolomé.
e) Que no se encuentre incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
f) Que haya justificado cualquier subvención que le haya sido concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de San Bartolomé.

 Entidades beneficiarias y requisitos      

Podrán ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas, legalmente constituidas que, siendo persona autónoma, microempresa o pequeña empresa de las definidas conforme el Anexo I del Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, lleven a cabo las actividades empresariales o comerciales en el ámbito territorial del municipio de San Bartolomé, que motiven la concesión de la presente ayuda, y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Haber figurado ininterrumpidamente de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos oMutualidad correspondiente o en el régimen generalde la Seguridad Social y en Hacienda durante, al menos, el periodo comprendido entre el 31 de diciembre de 2019 y el 14 de marzo de 2020.    

 b) Haber suspendido la actividad como consecuencia de las medidas adoptadas por el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo o, en caso de mantener la actividad, haber reducido la facturación correspondiente al mes de abril de 2020 en, al menos, un 75 por ciento respecto del promedio facturado en el semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma. Cuando la persona solicitante no lleve de alta los 6 meses naturales exigidos para acreditar la reducción de los ingresos, la valoración se llevará a cabo teniendo en cuenta el
periodo de actividad.     

Este requisito se justificará mediante declaración responsable que vendrá incluida en la instancia presentada junto con la documentación requerida.

c) Que se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (estatal, autonómica y local) y con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

Este requisito debe cumplirse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha del pago de la subvención, en su caso.

d) Que el local de desarrollo de la actividad se encuentre en el término municipal de San Bartolomé.
e) Que no se encuentre incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
f) Que haya justificado cualquier subvención que le haya sido concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de San Bartolomé.

Forma de presentación de solicitudes.

1. Las solicitudes se presentarán en el registro electrónico del Ayuntamiento de San Bartolomé en impreso normalizado de solicitud que estará disponible en la web municipal. En la página web municipal estará disponible la información y documentación de la convocatoria y se habilitará el acceso a la sede electrónica para formular la solicitud.
Cualquier solicitud presentada siguiendo un procedimiento distinto al aquí descrito será inadmitida.

2. Para la tramitación telemática se deberá disponer  de firma electrónica avanzada. De no disponer de firma electrónica avanzada, deberá acudirse a la representación a través de persona que, si disponga de ella, acreditando la representación.

El plazo de presentación de solicitudes: será de UN (1) MES a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página web del Ayuntamiento.

Para cualquier consulta pueden acceder a los siguientes documentos:

BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA  AYTO SAN BARTOLOME

Bases reguladoras     

Publicación BOP

Sede electrónica

Estando a su disposición para cualquier consulta reciba un cordial saludo,

 Arisalia Hernández Zerpa
CIDE TURISMO LANZAROTE
tecnico@asolan.com
Tel. (+34) 928 51 60 25
c/ Suiza, nº15, Local 1- C.P.35510  Puerto del Carmen
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