Convocatoria de subvenciones con cargo al Programa de Incentivos a la Contratación Laboral de Desempleados de larga duración “RETORNO AL EMPLEO”, correspondiente al ejercicio 2020-2021
ESTADO: Convocatoria abierta
OBJETIVO: Incentivar la contratación mediante la concesión de una subvención a favor de aquellas empresas que reuniendo los requisitos exigidos en la normativa reguladora del programa contraten a personas inscritas en el Servicio Canario de Empleo (SCE), como demandantes de empleo desempleadas de larga duración.
BENEFICIARIOS:
Cualquier entidad, ya sea persona física, jurídica, así como también comunidad de bienes, con capital íntegramente privado, acogida a cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, que formalice nuevos contratos laborales de la tipología prevista en el resuelvo Quinto de las Bases Reguladoras, o presenten en el momento de la Solicitud, un compromiso de contratación con arreglo a lo previsto en las Bases, con desempleados de larga duración que cumplan los requisitos establecidos en su resuelvo Cuarto.
REQUISITOS DE LAS PERSONAS DESEMPLEADAS:
- Estar inscrito/a en el SCE como demandante de empleo en situación de desempleo de larga duración en el momento de su contratación (al menos 12 meses, continuados o no, dentro de un periodo de 18 meses, o 360 días en un período de 540 días)
- No haber tenido una relación laboral con la misma empresa, en los 6 meses inmediatamente anteriores a la contratación objeto de subvención
PROYECTOS SUBVENCIONABLES y CUANTÍA:
- La cuantía de la subvención a conceder a las entidades que resulten beneficiarias de subvención, queda establecida conforme a los siguientes criterios:
- Por contratos indefinidos: 5.500,00€ por contrato indefinido a jornada completa. En el caso de contratos indefinidos celebrados con mayores de 45 años en el momento de la contratación, la subvención se incrementará en 1.000,00€.
- Por contratos temporales: 2.500,00€ por contrato temporal a jornada completa, con una duración mínima de 6 meses, incrementándose la subvención en 500,00€ por cada seis meses añadidos hasta un máximo de 4.500,00€, no teniéndose en cuenta fracciones de tiempo inferiores a 6 meses.
Los importes de subvención descritos se corresponden con contratos a jornada completa. En el supuesto de contratos a tiempo parcial, será aplicable el criterio de proporcionalidad, viéndose disminuida la correspondiente subvención, en atención a la jornada por lo que se hubiere suscrito el contrato, que en cualquier caso, no podrá ser inferior al 50% de la considerada habitual.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
- Del 01/07/2020 al 14/07/2020: para los contratos laborales suscritos entre los meses de abril, mayo y junio de 2020.
- Del 01/10/2020 al 15/10/2020: para los contratos laborales suscritos entre los meses de julio, agosto y septiembre de 2020
- Plazo 3º periodo: para los contratos laborales suscritos en los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2020 durante los primeros 10 días hábiles del mes de enero 2021.
- Plazo 4º periodo: para los contratos laborales suscritos en los meses de enero, febrero y marzo de 2021: durante los primeros diez 10 días hábiles del mes de abril 2021.
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