SUBVENCIONES DEL CABILDO DE LANZAROTE PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA MITIGACIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO Y TRANSICIÓN ENERGÉTICA EN LA ISLA DE LANZAROTE Y LA GRACIOSA.

Estado: abierto

Objetivo:  por objeto establecer las normas y criterios que han de regir la concesión de SUBVENCIONES PARA LA MITIGACIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO Y TRANSICIÓN ENERGÉTICA EN LA ISLA DE LANZAROTE Y LA GRACIOSA, con la finalidad de contribuir a la eficiencia energética del sistema energético insular, reducir sus emisiones de CO2 y otros contaminantes y lograr una mayor autonomía energética, reduciendo la dependencia extrema de los hidrocarburos.

Beneficiarios:

1.Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en estas bases, en los términos establecidos en el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones las personas físicas y/o jurídicas que planteen la actuación subvencionable en el territorio de la isla de Lanzarote y La Graciosa.

2. En el caso de adquisición de vehículos eléctricos, el beneficiario de la subvención deberá tener fijada su residencia habitual de manera permanente e ininterrumpida en un municipio de la Isla de Lanzarote o La Graciosa, durante un periodo mínimo que se establecerá en la Convocatoria correspondiente, contando este plazo hasta la fecha final de cierre de la Convocatoria.

Plazo para presentar solicitud:

El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.

Este plazo podrá ser prorrogado, excepcionalmente por el Consejo de Gobierno Insular. La presentación de las solicitudes fuera del plazo establecido dará lugar a la inadmisión de las mismas sin más trámite.  ( ver bases)

Criterios de baremación 

Criterios de valoración en función de la línea de subvención solicitada:

Línea de Subvención 1: Actuaciones para la instalación de energía solar térmica para la producción de Agua Caliente Sanitaria.

Línea de Subvención 2: Actuaciones para la producción de energía fotovoltaica y eólica.

Línea de Subvención 3.- Otras actuaciones o proyectos de energías renovables y eficiencia energética.

Línea de Subvención 4.- Adquisición de Vehículos Eléctricos y puntos de recarga para Vehículos Eléctricos.

Gastos Subvencionables:

Aquellos que siendo correctamente justificables de conformidad con la normativa vigente, respondan de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios para llevar a buen término la actuación y se realicen en el plazo establecido en la Convocatoria. En la convocatoria correspondiente se establecerán los conceptos subvencionables en cada línea de subvención propuesta.

Bases

Publicación BOP

Web Cabildo de Lanzarote 

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