Concesión provisional de Subvenciones a Proyectos de inversión de Pequeñas y medianas empresas para el año 2019

Les informamos que próximamente se publicará en el BOC. Se adelanta la relación de beneficiarios:

Anexo I

Orden de 24 de julio de 2019 de concesión provisional de la subvención

Deberán ACEPTAR la subvención a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria, ubicado en la sede electrónica de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo: https://sede.gobcan.es/ceicc/tramites/5685, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación de la Orden de concesión provisional en el Boletín Oficial de Canarias, diríjase en el menú a “Aceptación” que estará habilitado al día siguiente de la publicación de la Orden en el BOC. En el caso de no otorgar la aceptación expresa dentro del referido plazo, acompañada de la documentación preceptiva que se indica en la base decimoprimera de la Orden de bases, se entenderá que el interesado no acepta la subvención.

Puede presentar desde el 25/7/2019 a través del aplicativo cualquier escrito que considere oportuno en relación con la Orden de 24 de julio de 2019 de concesión provisional de la subvención.

 En el caso de no otorgar la aceptación expresa dentro del referido plazo, acompañada de la documentación preceptiva que se indica en la base decimoprimera de la Orden de bases, se entenderá que el interesado no acepta la subvención.

Documentación a presentar con la aceptación:

–  Alta como terceros en la Comunidad Autónoma de Canarias

– Además, en el caso de proyectos del tipo C)1 (Desarrollo tecnológico aplicado), contrato de colaboración con Centro Tecnológico, Centro de Investigación, Grupo de Investigación de una Universidad o Colaborador Externo que acredite suficiente especialización (convenio o documento que establezca los términos técnicos y económicos de la colaboración), cuando la Pyme no acredite personal técnico para desarrollar el proyecto.

La presente comunicación se realiza a efectos meramente informativos, sin que la misma tenga carácter oficial ni constituya ningún acto dentro del procedimiento administrativo. La única notificación válida es la prevista en la base cuarta de la convocatoria mediante su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

También puede acceder a ésta información en nuestra página web:

http://www.gobiernodecanarias.org/promocioneconomica/PYME/concesion_y_justificacion/

 

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