Convocatoria de subvenciones a empresas de alta tecnología e intensivas en conocimiento en áreas prioritarias de la RIS3. (EATIC)
Estado: próximamente
Objetivo: Apoyar la creación y consolidación de empresas de base tecnológica e intensivas en conocimiento, que aprovechen el conocimiento de excelencia, los resultados de investigación, y las capacidades existentes en los ámbitos de especialización investigadora priorizados en la RIS3 para el periodo 2014-2020.
Beneficiarios: Empresas que estén válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud, tengan residencia fiscal o un establecimiento permanente en la Comunidad Autónoma de Canarias y cuenten con uno o más empleados a la fecha de solicitud.
Características de las ayudas: Se considerará susceptible de ayuda aquellos proyectos en los que se desarrollen o utilicen conocimientos y tecnologías novedosas a nivel sectorial -de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo- para la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados. Los proyectos subvencionables deberán estar encuadrados con los objetivos generales y objetivos específicos de las prioridades de la RIS3 relacionadas en la base 1.
Conceptos financiables: se financiarán los siguientes gastos:
- Activos fijos nuevos que no tengan el carácter de reposición.
- Inversiones inmateriales: patentes, licencias, know-how o software relacionado con los nuevos productos o servicios. Costes de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas a precio de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia. Registro de patentes, marcas, modelos de utilidad y diseños industriales, marcado CE u otras formas de homologación o normalización de productos o servicios. Únicamente serán elegibles los gastos relacionados con el registro de propiedad industrial derivados de la ejecución del proyecto.
- Colaboraciones externas tales como asistencia técnica, ingeniería, contratación con centros de investigación, diseño, contratación de servicios de laboratorios de ensayo, gastos externos de consultoría y tutorización, así como costes de servicios de asesoramiento y apoyo a la innovación relacionados con el proyecto.
- El coste de la Auditoría Limitada a aportar con la justificación de la subvención indicada en la base 17.
- Los costes de personal necesarios para la ejecución de la operación. Los costes de personal serán financiables en la medida en que se haya incurrido en ellos efectivamente y se justifiquen mediante los correspondientes documentos acreditativos del gasto y del pago. Solo serán financiables aquellos gastos del personal relacionado con actividades que la entidad no llevaría a cabo si no realizara la operación en cuestión. Se consideran costes de personal financiables los costes brutos de empleo del personal del beneficiario, con un máximo de 50 euros/hora.
Se considerarán gastos realizados los que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada que hayan sido efectivamente realizados a partir del 1 de enero del año en que se publique la convocatoria y hasta la finalización del periodo de realización de la actividad. Los pagos correspondientes deben efectuarse antes de que finalice el plazo de justificación.
Presupuesto del proyecto: La intensidad de la ayuda será de un máximo del 70% del gasto elegible.
Los límites mínimo y máximo de subvención a conceder por proyecto subvencionado son 60.000 € y 174.990 €, respectivamente.
Puede encontrar la documentación relacionada con este Programa en los siguientes enlaces:
Manual de la Aplicación de la Sede Electrónica de la ACIISI
Información adicional Prioridades RIS 3