Convocatoria Retos Colaboración 2017

Estado: Abierta

Objetivo: El objetivo de la convocatoria Retos-Colaboración es la financiación de proyectos en cooperación entre empresas y organismos de investigación, con el fin de promover el desarrollo de nuevas tecnologías, la aplicación empresarial de nuevas ideas y técnicas, y contribuir a la creación de nuevos productos y servicios.

Los proyectos objeto de ayuda de la presente convocatoria serán proyectos de desarrollo experimental en la modalidad de proyectos en cooperación. El representante de la agrupación de entidades que presente el proyecto deberá ser una empresa en el sentido expresado en el artículo 4.1 h). Esta empresa actuará como solicitante de la ayuda y como interlocutor único con el órgano concedente.

El proyecto deberá contar con la participación de un mínimo de dos entidades, siendo obligatoriamente una de ellas un organismo de investigación público o privado.

Beneficiarios: Organismos públicos de investigación, Universidades públicas, Institutos de investigación sanitaria, Otros centros públicos de I+D, Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal, Universidades privadas, Otros centros privados de I+D, Empresas, Asociaciones empresariales sectoriales.

Duración: Los proyectos deberán ser plurianuales y comenzar su ejecución a lo largo del año 2018. Se deberá, por tanto, solicitar ayuda para ese año. La finalización de los proyectos deberá producirse, como mínimo, el 31 de diciembre de 2019 y, como máximo, el 31 de diciembre de 2021.

Características de las ayudas: Las ayudas revestirán la forma de préstamo, Anticipo Reembolsable FEDER y subvención.

  • Las entidades pertenecientes al sector público recibirán ayuda en forma de subvención. Las Universidades Públicas y los Organismos Públicos de Investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, recibirán ayuda en forma de subvención y en forma de Anticipo Reembolsable FEDER.
  • Los organismos de investigación privados en el sentido expresado en el artículo 4.1 e), f) y g) recibirán las ayudas en forma de subvención.
  • Las empresas pertenecientes al sector privado y las asociaciones de empresas sólo podrán obtener ayuda en forma de préstamos. El importe máximo del préstamo podrá cubrir hasta el 95 % del coste financiable del proyecto.

Presupuesto del proyecto: La actuación deberá tener un presupuesto financiable mínimo de 500.000 euros. El presupuesto financiable por empresa y proyecto se limitará a un máximo de 15 millones de €.

Garantías:

  • Las subvenciones y el Anticipo Reembolsable FEDER no necesitarán la presentación de ningún tipo de garantía para su concesión.
  • Cuando el préstamo total concedido a un beneficiario por proyecto sea mayor o igual a 200.000 €, el beneficiario estará obligado a la presentación de garantías por el 25% del principal del préstamo concedido. En cada anualidad deberá presentarse la garantía correspondiente al 25% del principal del préstamo concedido en dicha anualidad.
  • Cuando el préstamo total concedido al proyecto sea mayor o igual que 1.000.000 de €, todos los beneficiarios que reciban préstamo estarán obligados a la presentación de garantías por el 25% del principal del préstamo concedido a cada beneficiario. En cada anualidad deberá presentarse la garantía correspondiente al 25% del principal del préstamo concedido en dicha anualidad.

Conceptos financiables: Las ayudas se destinarán a cubrir los gastos relacionados con el desarrollo y ejecución de las actividades para las que hayan sido concedidas, en los términos previstos en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Dependiendo de la naturaleza de la entidad, los costes y criterios de justificación pueden variar, por lo que se recomienda la lectura detallada del texto original de la convocatoria.

Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 14 de noviembre de 2017 y finalizará el día 13 de diciembre de 2017.

Puede encontrar las bases en este enlace

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